Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/459
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 459
Artículo 459 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no aplica, porque fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que se canceló y ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, lo que antes decía este artículo ya no es válido ni se debe tomar en cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 459.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.