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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 458
Artículo 458 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. "Derogado" significa que fue eliminado de la ley por completo. Si lo buscas para resolver un problema legal, no te va a ayudar porque dejó de existir desde el 16 de mayo de 2016.
Texto oficial
Artículo 458.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
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