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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 477
Artículo 477 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 477 ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que este artículo fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación (DOF), que es donde se publican los cambios legales en México. Entonces, ya no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 477.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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