Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/479
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
479

Artículo 479 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, está derogado desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley se deroga, significa que fue eliminada oficialmente y ya no tiene validez legal. Así que no te preocupes por lo que decía antes, porque hoy en día no aplica ni te afecta en absoluto.

Texto oficial

Artículo 479.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 106) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.