Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/542
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 542
Artículo 542 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo ya no existe legalmente, como si lo hubieran borrado. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica para nadie.
Texto oficial
Artículo 542.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.