Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/546
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 546
Artículo 546 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue derogado, es decir, eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley se deroga, deja de tener efecto, como si nunca hubiera existido. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica en ningún caso. Lo único importante es que ya no es parte de la ley vigente.
Texto oficial
Artículo 546.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.