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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/551
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
551

Artículo 551 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. Cuando dice "Se deroga", significa que el artículo fue eliminado y dejó de tener validez. Así que no hay ninguna regla que aplicar aquí desde el 16 de mayo de 2016. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado en el Código de Justicia Militar.

Texto oficial

Artículo 551.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 111 de 158

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 110) ↗

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