Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/550
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
550

Artículo 550 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe; fue eliminado de la ley en mayo de 2016. Como está derogado, ya no genera ninguna obligación ni derecho. Si ves esa referencia en un documento o trámite, significa que no tienes que hacerle caso. Es como si la ley lo hubiera borrado por completo.

Texto oficial

Artículo 550.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 110) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.