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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/577
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
577

Artículo 577 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se aplica. La derogación ocurrió el 16 de mayo de 2016, así que desde esa fecha no hay que tomarlo en cuenta.

Texto oficial

Artículo 577.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 112) ↗

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