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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/580
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
580

Artículo 580 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no aplica, porque fue eliminado del Código de Comercio desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que se borró oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Así que no te preocupes por lo que decía antes, porque ya no es válido ni se puede usar.

Texto oficial

Artículo 580.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 112) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.