- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 579
Artículo 579 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 579 fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no existe ni tiene efecto legal. Esto se conoce como "derogación", que significa que esa regla quedó sin validez y no se aplica a nadie. Como ya no está vigente, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni te afecta de ninguna manera. Solo es un registro de que antes existía, pero ya no importa para nada.
Texto oficial
Artículo 579.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.