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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 757
Artículo 757 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley oficialmente desde el 16 de mayo de 2016. En México, cuando un artículo se deroga, es como si nunca hubiera existido, así que no tienes que preocuparte por él. Simplemente ignóralo porque ya no aplica para ningún caso legal.
Texto oficial
Artículo 757.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.