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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 758
Artículo 758 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 758 está derogado, lo que significa que ya no es válido y no se aplica desde el 16 de mayo de 2016. En pocas palabras, esa ley fue eliminada por completo y no tienes que preocuparte por ella. Si buscas información actualizada, revisa las leyes vigentes después de esa fecha. No hay ningún efecto legal que tenga este artículo hoy.
Texto oficial
Artículo 758.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.