- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 787
Artículo 787 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo fue eliminado de la ley. La frase "se deroga" significa que ya no está vigente, así que ya no tiene ningún efecto legal. El capítulo completo sobre los impedimentos también fue derogado, por lo que ya no hay reglas que aplicar de ahí. En pocas palabras, este artículo y su capítulo ya no existen para la ley.
Texto oficial
Artículo 787.- (Se deroga). Fe de erratas al artículo DOF 27-09-1933. Artículo derogado DOF 16-05-2016 CAPITULO VII De los impedimentos (Se deroga) Capítulo derogado DOF 16-05-2016
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.