Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/788
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 788
Artículo 788 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 788 ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, no debes preocuparte por lo que decía, porque ya no existe legalmente.
Texto oficial
Artículo 788.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.