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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/788
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
788

Artículo 788 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 788 ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, no debes preocuparte por lo que decía, porque ya no existe legalmente.

Texto oficial

Artículo 788.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 125) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.