- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 789
Artículo 789 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo y todo el capítulo fueron eliminados de la ley el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no existen ni aplican. Que esté "derogado" significa que se canceló oficialmente, como si lo hubieran borrado del código legal. Como ya no está vigente, no tienes que preocuparte por cumplir con él ni te afecta de ninguna manera. En términos prácticos, es como si esa parte de la ley nunca hubiera existido.
Texto oficial
Artículo 789.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CAPITULO VIII De la libertad absoluta (Se deroga) Capítulo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.