- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 816
Artículo 816 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. Se derogó, es decir, se eliminó de la ley desde el 16 de mayo de 2016, igual que todo el título y capítulo al que pertenecía. Por lo tanto, no hay ninguna regla que aplicar aquí: es como si nunca hubiera existido. Si buscas información sobre recursos legales, tienes que revisar las leyes actuales.
Texto oficial
Artículo 816.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 TITULO QUINTO De los recursos (Se deroga) Título derogado DOF 16-05-2016 CAPITULO I Reglas generales (Se deroga) Capítulo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.