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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/820
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
820

Artículo 820 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 820 fue eliminado oficialmente de la ley desde el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no existe ni tiene validez. Cuando un artículo está derogado, significa que el Congreso lo quitó porque ya no aplica o fue reemplazado por otra regla. Así que no te preocupes por este artículo, ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta.

Texto oficial

Artículo 820.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 128) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.