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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
821

Artículo 821 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 821 y el Capítulo III sobre la apelación ya no existen, porque fueron eliminados de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Esto significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decían, pues al estar derogados, no tienen ningún efecto legal. En pocas palabras, esa parte de la ley se borró por completo y ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 821.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CAPITULO III De la apelación (Se deroga) Capítulo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 128) ↗

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