Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/856
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
856

Artículo 856 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley. Se dice que está "derogado", que quiere decir que ya no tiene validez desde el 16 de mayo de 2016. Antes de esa fecha, lo cambiaron un par de veces, en 2012 y 2014, pero al final lo quitaron por completo. Así que no te preocupes por él, es como si no existiera.

Texto oficial

Artículo 856.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-04-2012, 13-06-2014. Derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 130) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.