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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CMPP/113
Ley
CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Artículo
113

Artículo 113 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Que los abogados que te representan tengan que mostrar su título profesional (la cédula) al juez desde el primer momento en que participan en tu caso. Es como enseñar su credencial para comprobar que sí estudiaron leyes y están autorizados para ejercer. Sin ese documento, no pueden empezar a defenderte legalmente.

Texto oficial

Artículo 113. Acreditación Los defensores designados deberán acreditar su profesión ante el Órgano jurisdiccional desde el inicio de su intervención en el procedimiento, mediante cédula profesional legalmente expedida por la autoridad competente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.