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Artículo 131 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Al estar "derogado", significa que fue eliminado oficialmente del código o ley a la que pertenecía desde el 16 de julio de 2025. Por lo tanto, ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta, como si nunca hubiera existido para efectos legales. La derogación es como cuando se cancela una regla o un acuerdo para siempre. Así que, en pocas palabras, este artículo ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 131. Derogado Artículo derogado DOF 16-07-2025 CAPÍTULO VII JUECES Y MAGISTRADOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.