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Artículo 223 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La cadena de custodia es un proceso donde se lleva un control estricto de cualquier objeto o evidencia relacionada con un delito, desde que se encuentra en la escena hasta que un juez decide que ya no es necesaria. Sirve para asegurar que las pruebas no se pierdan, dañen o cambien, y que siempre se sepa quién las tuvo y qué se hizo con ellas. Se debe registrar quién las encontró, cómo se guardaron, dónde estuvieron y si alguien las modificó. También se anota el nombre de todas las personas que estuvieron en contacto con esas pruebas. Todo esto es para que las evidencias sean confiables ante el juez.

Texto oficial

Artículo 223. Cadena de custodia La cadena de custodia es el sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. Con el fin de corroborar los elementos materiales probatorios y la evidencia física, la cadena de custodia se aplicará teniendo en cuenta los siguientes factores: identidad, estado original, condiciones de recolección, preservación, empaque y traslado; lugares y fechas de permanencia y los cambios que en cada custodia se hayan realizado; igualmente se registrará el nombre y la identificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos elementos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 70) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.