Artículo 237 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando las autoridades te quiten un arma de fuego o explosivos (por ejemplo, durante una revisión o un operativo), deben avisarle a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). También tienen que informar a otras dependencias que las leyes indiquen, como fiscales o policías especializadas. Esto es para que lleven un registro y control de esas armas o materiales peligrosos. En pocas palabras, no solo te decomisan el arma, sino que automáticamente se le notifica al Ejército.
Texto oficial
Artículo 237. Aseguramiento de armas de fuego o explosivos Cuando se aseguren armas de fuego o explosivos se hará del conocimiento de la Secretaría de la Defensa Nacional, así como de las demás autoridades que establezcan las disposiciones legales aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.