- Ley
- CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
- Artículo
- 239
Artículo 239 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la policía o el ministerio público te asegura algo (como un objeto o documento) pero tú tienes un negocio o empresa legal, eso no significa que te puedan cerrar o suspender tus actividades. O sea, que te quiten una cosa no es motivo para que te paren el negocio.
Texto oficial
Artículo 239. Efectos del aseguramiento en actividades lícitas El aseguramiento no será causa para el cierre o suspensión de actividades de empresas, negociaciones o establecimientos con actividades lícitas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.