Artículo 271 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien fue agredido sexualmente y necesita varios peritajes (que son estudios hechos por expertos), o si el delito lo requiere, se debe juntar un equipo de diferentes especialistas que sepan atender a víctimas. Así, todas las entrevistas y el dictamen (el informe final de los expertos) se hacen en una sola sesión. Esto evita que la persona tenga que repetir su historia muchas veces y sufre menos.
Texto oficial
Artículo 271. Peritajes especiales Cuando deban realizarse diferentes peritajes a personas agredidas sexualmente o cuando la naturaleza del hecho delictivo lo amerite, deberá integrarse un equipo interdisciplinario con profesionales capacitados en atención a víctimas, con el fin de concentrar en una misma sesión las entrevistas que ésta requiera, para la elaboración del dictamen respectivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.