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Ley
CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Artículo
283

Artículo 283 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las autoridades en México necesiten revisar un barco, avión o cualquier vehículo que sea de otro país, también deben seguir las reglas de los tratados internacionales y las leyes que apliquen. Además de las leyes mexicanas, tienen que respetar acuerdos especiales con otras naciones para hacer esa inspección. Es decir, no es solo revisar porque sí, sino que deben cumplir con normas extras.

Texto oficial

Artículo 283. Cateo en buques, embarcaciones, aeronaves o cualquier medio de transporte extranjero en territorio mexicano Cuando tenga que practicarse un cateo en buques, embarcaciones, aeronaves o cualquier medio de transporte extranjero en territorio mexicano se observarán además las disposiciones previstas en los Tratados, las leyes y reglamentos aplicables.

Ver texto oficial del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales (pág. 84) ↗

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