Artículo 36 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un Juez o Magistrado Militar se tiene que hacer a un lado de un caso si se da cuenta de que tiene algún conflicto de interés (como ser familiar de alguien o tenerle pleito). Esto lo hace sin esperar a que las partes involucradas le digan algo, y envía todos los papeles a un tribunal más alto (el Tribunal Superior Militar). Ese tribunal decide si en verdad debía separarse y, si es el caso, dice quién va a hacerse cargo del asunto.
Texto oficial
Artículo 36. Excusa Cuando un Juez o Magistrado Militar advierta que se actualiza alguna de las causas de impedimento, se declarará separado del asunto sin audiencia de las partes y remitirá los registros al Tribunal Superior Militar, para que resuelva sobre la procedencia de la excusa y en su caso determine quién debe seguir conociendo del mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.