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Artículo 372 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si el tribunal militar ve que un testigo está siendo agresivo o evasivo con quien lo presentó, el juez puede dejar que ese abogado o fiscal le haga preguntas que traten de guiar su respuesta o ponerlo en evidencia. Esas son las "preguntas sugestivas", las que ya insinúan la respuesta. Esto solo aplica durante el juicio oral, cuando el testigo se porta hostil.

Texto oficial

Artículo 372. Testigo hostil El Tribunal Militar de Juicio Oral permitirá al oferente de la prueba realizar preguntas sugestivas cuando advierta que el testigo se está conduciendo de manera hostil.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 109) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.