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Artículo 375 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si una persona acusada de un delito decide no declarar durante el juicio, no se puede usar como prueba nada de lo que haya dicho antes, como si hubiera hablado en la policía o ante el ministerio público. Tampoco se puede mencionar ni leer eso frente al juez durante el juicio, bajo ninguna circunstancia. La ley protege el derecho del acusado a guardar silencio sin que eso se use en su contra. Eso significa que lo que diga antes del juicio no vale como evidencia si después decide no hablar.

Texto oficial

Artículo 375. Ausencia del acusado en juicio Si el acusado decide no declarar en el juicio, ninguna declaración previa que haya rendido puede ser incorporada a éste como prueba, ni se podrán utilizar en el juicio bajo ningún concepto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 110) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.