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Artículo 379 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si tienes dos documentos sobre la misma prueba y uno es más claro o fiel al original, ese es el que vale. Por ejemplo, si de una conversación tienes una grabación de audio y una transcripción escrita, la grabación es la que cuenta, porque reproduce mejor lo que realmente se dijo. Este artículo dice que siempre se debe usar el documento que dé la versión más exacta y confiable de los hechos. Así, entre más fiel sea la copia al contenido original, esa es la que debe tomarse como válida.

Texto oficial

Artículo 379. Prevalencia de mejor documento Cualquier documento que garantice mejorar la fidelidad en la reproducción de los contenidos de las pruebas deberá prevalecer sobre cualquiera otro.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 110) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.