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Ley
CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Artículo
379

Artículo 379 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes dos documentos sobre la misma prueba y uno es más claro o fiel al original, ese es el que vale. Por ejemplo, si de una conversación tienes una grabación de audio y una transcripción escrita, la grabación es la que cuenta, porque reproduce mejor lo que realmente se dijo. Este artículo dice que siempre se debe usar el documento que dé la versión más exacta y confiable de los hechos. Así, entre más fiel sea la copia al contenido original, esa es la que debe tomarse como válida.

Texto oficial

Artículo 379. Prevalencia de mejor documento Cualquier documento que garantice mejorar la fidelidad en la reproducción de los contenidos de las pruebas deberá prevalecer sobre cualquiera otro.

Ver texto oficial del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales (pág. 110) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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