Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 385 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 385 dice que, además de las pruebas que ya están mencionadas en este Código (como documentos, testigos o peritos), se pueden usar otras pruebas, siempre y cuando no se violen los derechos básicos de las personas (como tu privacidad o tu libertad). Esto quiere decir que no estás limitado solo a lo que ya viene escrito; si tienes otra forma de demostrar algo que no esté prohibida, puedes usarla. Lo importante es que esa prueba no afecte tu dignidad ni te obligue a hacer algo ilegal o injusto. En pocas palabras, el juez puede aceptar pruebas nuevas mientras no atenten contra tus derechos fundamentales.

Texto oficial

Artículo 385. Otras pruebas Además de las previstas en este Código, podrán utilizarse otras pruebas cuando no se afecten los derechos fundamentales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 111) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.