Artículo 390 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un acusado enfrenta varios delitos a la vez, el juez militar puede decidir dividir el juicio en partes para ver cada delito por separado, pero sin pausas largas. Esto se puede hacer aunque el acusado sea una sola persona o varias. También puede dividirlo si eso ayuda a definir mejor el castigo o a que los acusados se defiendan mejor. Cualquier persona involucrada en el caso puede pedirle al juez que divida el juicio.
Texto oficial
Artículo 390. División del debate único Si la acusación tuviere por objeto varios hechos punibles atribuidos a uno o más imputados, el Tribunal Militar de Juicio Oral podrá disponer, incluso a solicitud de parte, que los debates se lleven a cabo separadamente, pero en forma continua. El Tribunal Militar de Juicio Oral podrá disponer la división de un debate en ese momento y de la misma manera, cuando resulte conveniente para resolver adecuadamente sobre la pena y para una mejor defensa de los acusados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.