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Artículo 415 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 415 dice que no se puede usar el "procedimiento abreviado" si la persona acusada es considerada "inimputable", es decir, que no entiende lo que hace o no puede controlar sus actos por algún problema mental o de salud. El procedimiento abreviado es un atajo para resolver un caso rápido, donde el acusado acepta su culpa a cambio de una condena más leve. Pero esta opción no aplica para quienes no pueden entender el proceso o las consecuencias de lo que están aceptando. En pocas palabras, si alguien no está en condiciones mentales para defenderse bien, el juicio debe seguir el camino normal, sin atajos.

Texto oficial

Artículo 415. Prohibición de procedimiento abreviado El procedimiento abreviado no será aplicable a personas inimputables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 119) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.