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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CNPCF/965
Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Artículo
965

Artículo 965 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 965 dice que los sistemas de justicia digital (como plataformas para trámites legales en línea) deben cumplir dos cosas. Primero, deben tener buenas garantías para que siempre funcionen bien y no se caigan, dándote apoyo constante. Segundo, deben tener medidas de seguridad muy fuertes para proteger tus datos personales.

Texto oficial

Artículo 965. Los sistemas de justicia digital deberán: I. Contar con garantías sólidas de uso y funcionamiento, que les brinde continuidad y soporte permanente a los usuarios de estos sistemas, y II. Gozar de medidas de seguridad de la información confiables y robustas.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (pág. 220) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.