- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 979
Artículo 979 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un juez dice que una sentencia ya es definitiva (o sea, que no se puede impugnar más), esa decisión no se puede pelear con ningún recurso. Eso significa que ya no hay manera de quejarse, aunque no estés de acuerdo. Es como un punto final: lo que el juez decidió sobre eso ya no se cambia. Esto aplica tanto si dice que ya es firme como si dice que todavía no lo es.
Texto oficial
Artículo 979. El auto en que se declara que una sentencia o resolución judicial ha causado o no ejecutoria, no admite ningún recurso. Capítulo II De la Vía de Apremio y Ejecución de Sentencia
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