Artículo 130 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La parte que acusa tiene que demostrar que el acusado es culpable. El acusado no tiene que probar que es inocente. La ley dice qué pruebas necesita presentar el que acusa según el delito del que se trate. Si la parte acusadora no logra comprobarlo, el acusado sale libre.
Texto oficial
Artículo 130. Carga de la prueba La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte acusadora, conforme lo establezca el tipo penal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.