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Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Artículo
130

Artículo 130 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La parte que acusa tiene que demostrar que el acusado es culpable. El acusado no tiene que probar que es inocente. La ley dice qué pruebas necesita presentar el que acusa según el delito del que se trate. Si la parte acusadora no logra comprobarlo, el acusado sale libre.

Texto oficial

Artículo 130. Carga de la prueba La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte acusadora, conforme lo establezca el tipo penal.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales (pág. 37) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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