- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
- Artículo
- 327
Artículo 327 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El sobreseimiento es cuando se le pide al juez que termine un juicio penal sin castigo. El Ministerio Público (el fiscal), el acusado o su abogado pueden pedirlo, y el juez debe resolver en una audiencia en menos de 24 horas. Aunque la víctima no vaya a esa cita, el juez igual puede decidir. Esto se puede pedir si: el delito nunca pasó, lo que pasó no es delito, el acusado es inocente, no puede ser castigado por ley, el fiscal no tiene pruebas suficientes para acusar, ya venció el tiempo para perseguir el delito, la ley cambió y ya no es delito, ya hubo un juicio final sobre el mismo asunto, el acusado falleció, o en otros casos que diga la ley.
Texto oficial
Artículo 327. Sobreseimiento El Ministerio Público, el imputado o su Defensor podrán solicitar al Órgano jurisdiccional el sobreseimiento de una causa; recibida la solicitud, el Órgano jurisdiccional la notificará a las partes y citará, dentro de las veinticuatro horas siguientes, a una audiencia donde se resolverá lo conducente. La incomparecencia de la víctima u ofendido debidamente citados no impedirá que el Órgano jurisdiccional se pronuncie al respecto. El sobreseimiento procederá cuando: I. El hecho no se cometió; II. El hecho cometido no constituye delito; III. Apareciere claramente establecida la inocencia del imputado; IV. El imputado esté exento de responsabilidad penal; V. Agotada la investigación, el Ministerio Público estime que no cuenta con los elementos suficientes para fundar una acusación; VI. Se hubiere extinguido la acción penal por alguno de los motivos establecidos en la ley; VII. Una ley o reforma posterior derogue el delito por el que se sigue el proceso; VIII. El hecho de que se trata haya sido materia de un proceso penal en el que se hubiera dictado sentencia firme respecto del imputado; IX. Muerte del imputado, o X. En los demás casos en que lo disponga la ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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