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Artículo 126 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno no puede gastar dinero en algo que no esté autorizado en el Presupuesto de Egresos de la Federación (el plan anual de gastos) o en una ley que se apruebe después. En pocas palabras, si no está escrito y aprobado dónde y cómo se va a usar el dinero público, no se puede pagar nada. Es una regla para que los gobernantes no gasten a su antojo y todo esté controlado por la ley.

Texto oficial

Artículo 126. No podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto o determinado por la ley posterior. Artículo original DOF 05-02-1917 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 02-06-2026 157 de 414

Ver ley oficial en el DOF (pág. 156) ↗

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