Artículo 128 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todos los servidores públicos, sin importar quiénes sean o qué puesto tengan, deben prometer cumplir la Constitución y las leyes mexicanas antes de empezar su trabajo. Es obligatorio hacerlo en un acto formal que se llama "protesta". Si no lo hacen, no pueden ocupar el cargo. Eso aplica para todos, desde el presidente hasta cualquier persona que trabaje en el gobierno.
Texto oficial
Artículo 128. Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen. Artículo original DOF 05-02-1917
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.