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Ley
CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
23

Artículo 23 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te acusan de un delito, solo puedes pasar por tres etapas o niveles de juicio máximo (primera instancia, apelación y una revisión final). Si ya te declararon inocente o culpable en un juicio, no te pueden volver a juzgar por el mismo delito, ni siquiera si después encuentran nuevas pruebas. También está prohibido el "absolver de la instancia", que antes significaba dejar el caso sin resolver para que te volvieran a juzgar después. En pocas palabras, una vez que un juez da su veredicto final, el asunto se acaba y no te pueden molestar otra vez por lo mismo.

Texto oficial

Artículo 23. Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia. Artículo original DOF 05-02-1917

Ver texto oficial de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 30) ↗

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