Artículo 33 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Una persona extranjera es alguien que no cumple con los requisitos para ser mexicano según el artículo 30 de la Constitución. Aun así, tienen derecho a los mismos derechos humanos y garantías que protege la Constitución. El gobierno federal puede expulsar del país a una persona extranjera, pero solo después de darle la oportunidad de defenderse en una audiencia, y todo debe hacerse como lo marca la ley. También dice claramente que los extranjeros no deben meterse en la política de México.
Texto oficial
Artículo 33. Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 02-06-2026 46 de 414 Párrafo reformado DOF 10-06-2011 El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención. Párrafo adicionado DOF 10-06-2011 Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país. Capítulo IV De los Ciudadanos Mexicanos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.