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Artículo 56 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Senado se compone de 128 personas. En cada estado y en la Ciudad de México, se eligen 2 senadores por mayoría de votos (el que gana) y 1 más se le da al partido que quedó en segundo lugar; para eso, los partidos registran una lista con dos candidatos. Los otros 32 senadores se eligen a nivel nacional según los votos que reciba cada partido, con listas donde se alternan hombres y mujeres para que haya paridad. Todo el Senado se renueva por completo cada 6 años.

Texto oficial

Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadoras y senadores, de los cuales, en cada Estado y en la Ciudad de México, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 02-06-2026 65 de 414 deberán registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidaturas que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate. Párrafo reformado DOF 29-01-2016, 06-06-2019 Las treinta y dos senadurías restantes serán elegidas según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional, conformadas de acuerdo con el principio de paridad, y encabezadas alternadamente entre mujeres y hombres cada periodo electivo. La ley establecerá las reglas y fórmulas para estos efectos. Párrafo reformado DOF 06-06-2019 La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años. Artículo reformado DOF 29-04-1933, 15-12-1986, 03-09-1993, 22-08-1996

Ver ley oficial en el DOF (pág. 64) ↗

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