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Ley
CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
64

Artículo 64 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres diputado o senador y faltas a una sesión del Congreso sin una razón válida o sin permiso de tu Cámara, ese día no te pagan la dieta, que es el dinero que recibes por tu trabajo. O sea, si no vas y no justificas tu falta, te descuentan el día. La ley solo aplica a ellos, no a ti como ciudadano.

Texto oficial

Artículo 64. Los diputados y senadores que no concurran a una sesión, sin causa justificada o sin permiso de la Cámara respectiva, no tendrán derecho a la dieta correspondiente al día en que falten. Artículo original DOF 05-02-1917

Ver texto oficial de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 66) ↗

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