Artículo 128 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres mexicano y tienes documentos o información secreta de un país extranjero, no puedes contárselos o dárselos a otro país. Si haces eso y le causas un daño a México, te pueden meter a la cárcel de 5 a 20 años. Además, te pueden poner una multa de hasta 50 mil pesos.
Texto oficial
Artículo 128.- Se aplicará la pena de prisión de cinco a veinte años y multa hasta de cincuenta mil pesos, al mexicano que, teniendo en su poder documentos o informaciones confidenciales de un gobierno extranjero, los revele a otro gobierno, si con ello perjudica a la Nación Mexicana. Artículo reformado DOF 29-07-1970
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.