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Artículo 128 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si eres mexicano y tienes documentos o información secreta de un país extranjero, no puedes contárselos o dárselos a otro país. Si haces eso y le causas un daño a México, te pueden meter a la cárcel de 5 a 20 años. Además, te pueden poner una multa de hasta 50 mil pesos.

Texto oficial

Artículo 128.- Se aplicará la pena de prisión de cinco a veinte años y multa hasta de cincuenta mil pesos, al mexicano que, teniendo en su poder documentos o informaciones confidenciales de un gobierno extranjero, los revele a otro gobierno, si con ello perjudica a la Nación Mexicana. Artículo reformado DOF 29-07-1970

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.