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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CPF/174
Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
174

Artículo 174 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que no es delito que los papás lean o abran cartas o mensajes escritos dirigidos a sus hijos menores de edad. También aplica para los tutores (quienes cuidan legalmente a un niño o adolescente) con las personas que están a su cargo. Igual, entre esposos no se considera delito que uno revise las comunicaciones escritas del otro.

Texto oficial

Artículo 174.- No se considera que obren delictuosamente los padres que abran o intercepten las comunicaciones escritas dirigidas a sus hijos menores de edad, y los tutores respecto de las personas que se hallen bajo su dependencia, y los cónyuges entre sí.

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 53) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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