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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CPF/251
Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
251

Artículo 251 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien falsifica un documento u objeto (como una identificación o un título) y además usa esa falsificación para cometer otro delito (como estafar a alguien), entonces se le van a juntar o sumar ambos delitos. Esto significa que lo van a castigar tanto por haber falsificado como por el otro delito que cometió usando la falsificación. En pocas palabras, no se libra de ninguna de las dos: le cobran todo junto.

Texto oficial

Artículo 251.- Si el falsario hiciere uso de los documentos u objetos falsos que se detallen en este título, se acumularán la falsificación y el delito que por medio de ella hubiere cometido el delincuente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 97) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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