- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 251
Artículo 251 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien falsifica un documento u objeto (como una identificación o un título) y además usa esa falsificación para cometer otro delito (como estafar a alguien), entonces se le van a juntar o sumar ambos delitos. Esto significa que lo van a castigar tanto por haber falsificado como por el otro delito que cometió usando la falsificación. En pocas palabras, no se libra de ninguna de las dos: le cobran todo junto.
Texto oficial
Artículo 251.- Si el falsario hiciere uso de los documentos u objetos falsos que se detallen en este título, se acumularán la falsificación y el delito que por medio de ella hubiere cometido el delincuente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.