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Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
263

Artículo 263 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 263 dice que, en el caso que menciona el artículo anterior, solo se puede investigar o castigar a la persona que cometió el delito si la víctima o sus representantes presentan una queja formal. Esto significa que las autoridades no pueden actuar por su cuenta, sino que necesitan que la parte afectada dé el primer paso. Es como si el delito solo se persiguiera si el ofendido decide levantar la voz.

Texto oficial

Artículo 263.- En el caso del artículo anterior, no se procederá contra el sujeto activo, sino por queja del ofendido o de sus representantes. Artículo reformado DOF 21-01-1991

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 103) ↗

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