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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CPF/262
Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
262

Artículo 262 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien tiene relaciones sexuales con una persona de entre 15 y 17 años, y logra que esa persona acepte mintiéndole o engañándola, puede ir a la cárcel de 3 meses hasta 4 años. Esto aplica aunque el menor haya dicho que sí, porque el consentimiento se obtuvo con mentiras. La ley protege a los adolescentes de que adultos se aprovechen de ellos con trucos o falsas promesas.

Texto oficial

Artículo 262. Al que tenga cópula con persona mayor de quince años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión. Artículo reformado DOF 14-01-1985, 21-01-1991, 14-06-2012

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 103) ↗

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