- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 262
Artículo 262 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien tiene relaciones sexuales con una persona de entre 15 y 17 años, y logra que esa persona acepte mintiéndole o engañándola, puede ir a la cárcel de 3 meses hasta 4 años. Esto aplica aunque el menor haya dicho que sí, porque el consentimiento se obtuvo con mentiras. La ley protege a los adolescentes de que adultos se aprovechen de ellos con trucos o falsas promesas.
Texto oficial
Artículo 262. Al que tenga cópula con persona mayor de quince años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión. Artículo reformado DOF 14-01-1985, 21-01-1991, 14-06-2012
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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