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Artículo 28 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 28 dice que el "confinamiento" es una sanción que te obliga a vivir en un lugar específico sin poder salir de ahí. El Gobierno (el Ejecutivo) elige ese lugar, buscando que sea un sitio tranquilo para todos, pero también tomando en cuenta tu salud y lo que necesites. Si te castigan por un delito político, entonces el juez que dio la sentencia es quien decide dónde debes quedarte. Básicamente, es como un arresto domiciliario, pero en un lugar que no es tu casa.

Texto oficial

Artículo 28.- El confinamiento consiste en la obligación de residir en determinado lugar y no salir de él. El Ejecutivo hará la designación del lugar, conciliando las exigencias de la tranquilidad pública con la salud y las necesidades del condenado. Cuando se trate de delitos políticos, la designación la hará el juez que dicte la sentencia. CAPITULO V Sanción pecuniaria

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.